POLÍTICA DE CONFIDENCIALIDAD Due Diligence

La confidencialidad es un pilar esencial en los procesos de Due Diligence.

El Titular se compromete a preservar la confidencialidad de toda información recibida en el marco de:

Evaluaciones preliminares

Procesos de análisis

Auditorías internas

Revisión documental

Operaciones de inversión

Procesos de adquisición o fusión

1. Información Confidencial Due Diligence

Se considera confidencial toda información:

Societaria

Contractual

Financiera

Tributaria

Laboral

Regulatoria

Estratégica

Incluyendo documentación digital, física o verbal.

2. Obligación de Secreto Profesional Due Diligence

La obligación de confidencialidad:

Rige durante toda la relación profesional.

Subsiste luego de finalizada la prestación.

Aplica aun cuando no se formalice la contratación.

3. Excepciones

La información podrá revelarse únicamente cuando:

Sea requerida por autoridad competente.

Exista obligación legal.

Se cuente con autorización expresa del cliente.

4. Medidas de Seguridad Due Diligence

Se adoptan medidas razonables de seguridad informática y organizativa para proteger la información contra:

Acceso no autorizado

Alteración indebida

Pérdida o destrucción accidental